El poder ejecutivo propone una nueva ley de la Garantía Mobiliaria que buscaría mayor eficacia y eficiencia en el uso de este mecanismos para la dación de créditos, restándole participación a los agentes tradicionales (notarios, registradores), priorizando el tráfico de las garantías frente a la seguridad jurídica.
¿Hasta qué punto es recomendable esta drástica modificación? ¿O es correcto cuestionar a los elefantes blancos del régimen de garantías peruano? |